Normativa Argentina

Ley 27.642 de Etiquetado Frontal: qué debe saber un nutricionista

Actualizado: julio de 2026

La Ley 27.642 ("Promoción de la Alimentación Saludable"), vigente desde 2022, obliga a incluir sellos de advertencia octogonales negros en el frente de los envases de alimentos y bebidas envasados que superen ciertos valores de nutrientes críticos. El objetivo declarado es facilitar una lectura rápida del envase, sin depender de la tabla nutricional del dorso.

Los sellos

Existen sellos de "EXCESO EN AZÚCARES", "EXCESO EN GRASAS SATURADAS", "EXCESO EN GRASAS TOTALES", "EXCESO EN SODIO" y "EXCESO EN CALORÍAS", cada uno con su propio umbral de perfil de nutrientes (definido según el modelo de la OPS, adaptado a la legislación local). Un producto puede llevar varios sellos a la vez si supera más de un umbral.

Además, si un producto contiene edulcorantes o cafeína lleva una leyenda adicional ("Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as" o "Contiene cafeína, evitar en niños/as"), independiente de los octógonos.

Implicancia para la consulta

Para la educación alimentaria, los sellos dan un atajo útil pero no reemplazan el análisis nutricional completo: un producto sin sellos no es automáticamente recomendable (puede tener poca fibra o mucho sodio por debajo del umbral), y uno con un sello no es necesariamente para evitar en cualquier contexto o cantidad. Vale la pena explicarle esto al paciente en la primera consulta, para que no interprete los octógonos como un semáforo binario.

La ley también restringe la publicidad dirigida a niños de productos con sellos y prohíbe su venta en escuelas — información útil cuando se trabaja con familias.

Esta es una guía general y no reemplaza la lectura del texto completo de la ley ni de su reglamentación (Resolución Conjunta 3/2021 y modificatorias), que es la fuente oficial ante cualquier duda puntual.

Esta nota es información general de orientación, no reemplaza el asesoramiento profesional (legal, impositivo o clínico) para tu caso puntual.